Publicado: 28 mayo 2025 a las 10:00 pm
Categorías: Artículos
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Por theconversation.
Mateo tiene 10 años, le apasiona la astronomía y dibuja planetas con una precisión asombrosa. Pero cada mañana, al entrar a su clase de 5º de primaria, le cuesta mantenerse quieto, se distrae con facilidad y no siempre comprende lo que se espera de él. Su diagnóstico: trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH).
Aunque legalmente tiene derecho a una educación inclusiva, adaptada a sus necesidades, la realidad es otra: no recibe apoyos específicos, su profesora no ha recibido formación para comprenderle y, con frecuencia, acaba castigado o expulsado del aula.
La educación inclusiva se reconoce como un derecho fundamental en el ordenamiento jurídico español e internacional. El artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho a la educación, mientras que tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006 refuerzan la obligación de los Estados de garantizar entornos educativos inclusivos, equitativos y de calidad para todos los menores.
Los trastornos del neurodesarrollo son alteraciones que afectan al desarrollo cognitivo, emocional y conductual desde la infancia, e incluyen condiciones como la de Mateo (TDAH), el trastorno del espectro autista (TEA), la discapacidad intelectual y los trastornos del lenguaje o de la coordinación motora, entre otros. Estos trastornos pueden interferir en el aprendizaje, la comunicación, la gestión emocional o la interacción social, lo que hace imprescindible un entorno escolar preparado, flexible y empático.
Pero un número preocupante de alumnos con trastornos del neurodesarrollo no recibe las adaptaciones ni los apoyos a los que tiene derecho, lo que deriva en dificultades académicas, malestar emocional y, en algunos casos, abandono escolar. Esta exclusión se manifiesta en las barreras pedagógicas, organizativas e institucionales a las que se tienen que enfrentar.
Para comprender las barreras a las que se enfrentan los menores con trastornos del neurodesarrollo, es necesario situarnos en el entramado legal que teóricamente les protege. Mateo, el niño de nuestro ejemplo ejemplo, tiene derecho, como cualquier otro alumno, a una educación que respete su ritmo de aprendizaje, que se adapte a sus necesidades y que fomente su desarrollo personal.
Ese derecho está respaldado por un conjunto normativo robusto y progresista:
Sin embargo, la experiencia cotidiana de de miles de niños mucho de lo que establece el derecho. Lo que sobre el papel aparece como garantía, en la práctica se convierte en obstáculo. Las adaptaciones no llegan, la comprensión de sus necesidades es escasa y las respuestas institucionales resultan ineficaces o directamente ausentes. La contradicción entre norma y realidad es el punto de partida de esta vulneración estructural.
La ley educativa española obliga a las Administraciones a asegurar que el profesorado disponga de formación adecuada para atender a la diversidad. Sin embargo, una parte significativa del profesorado carece de formación específica en metodologías inclusivas. Esto dificulta la detección precoz de necesidades, impide intervenciones efectivas y propicia situaciones de exclusión que afectan directamente a la salud mental y emocional del menor.
Pese a la previsión legal de medidas de apoyo personalizado, la evidencia empírica demuestra que las adaptaciones curriculares no se aplican de forma sistemática. Esta omisión constituye una forma de discriminación indirecta. El derecho a la educación exige a los poderes públicos remover los obstáculos que impidan su ejercicio efectivo. La ausencia de adaptaciones, por tanto, no es una mera ineficiencia: es una vulneración de derecho.
Por otro lado, el 12 % del alumnado con trastorno del espectro autista ha sufrido acoso, aunque muchos no logran identificarlo. La forma más frecuente es la exclusión social y las consecuencias pueden ser devastadoras: abandono escolar, trastornos psicológicos e incluso conductas suicidas.
La expulsión del aula, por ejemplo, del alumnado con trastornos del neurodesarrollo, especialmente cuando responde a conductas relacionadas con su diagnóstico, constituye una práctica incompatible con el derecho a la educación. Sin embargo, es una práctica frecuente.
La ley educativa española exige proporcionalidad y carácter educativo en las medidas disciplinarias. Informes recientes alertan de que estas sanciones tienen un impacto directo en el abandono escolar. Estas expulsiones incluso se han declarado nulas cuando no se han tenido en cuenta la situación personal y el derecho a la igualdad de trato.
La falta de formación, la inobservancia de adaptaciones, la tolerancia al acoso y las expulsiones injustificadas son manifestaciones de una vulneración sistemática de derechos fundamentales. Garantizar la inclusión no es una opción pedagógica: es una obligación legal y un mandato de justicia social. Es imprescindible que las administraciones educativas pasen del compromiso normativo a la acción efectiva.
Este artículo se ha elaborado con la colaboración de la abogada Noelia Rebón. Abogada 28502 ICAB, experta en derechos de infancia y educación inclusiva.
Fuente: https://theconversation.com/por-que-la-inclusion-de-los-estudiantes-con-trastornos-del-neurodesarrollo-no-esta-funcionando-253646
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