España, CECE-Madrid advierte que la norma sobre pantallas podría limitar la autonomía de los centros educativos

Publicado: 19 marzo 2025 a las 4:00 pm

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España, 19 de Marzo de 2025, Por: José Luis Fernández, https://exitoeducativo.net

Uso del móvil en el aula? Sí, pero “con cuidado”, advierte el Consejo  Escolar del Estado - Éxito Educativo

CECE-Madrid ha pedido a la Comunidad de Madrid “diálogo y respeto” a la autonomía de los centros educativos ante el Proyecto de Decreto sobre el Uso de Dispositivos Digitales, que contempla restricciones en distintas etapas educativas.

Los alumnos madrileños desde las etapas de Infantil hasta Secundaria tendrán limitado el uso de dispositivos digitales a partir del próximo curso en favor de los libros de papel, la escritura a mano, el dibujo, la exposición oral o la memorización, según prevé el proyecto por el que se regula y limita el uso de dispositivos digitales en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, a cuyo contenido ha tenido acceso ÉXITO EDUCATIVO.

En un comunicado, CECE-Madrid aclara su “compromiso con una educación de calidad y con la colaboración leal y constructiva” con todas las instituciones implicadas en la enseñanza y en la protección del alumnado.

En este sentido, asegura defender un “uso progresivo” de la tecnología, basado en la formación, asegurando que sea una herramienta al servicio del aprendizaje y del desarrollo personal del alumnado. Por ello, sostiene que “somos conscientes de las inquietudes y el debate social que genera el uso de dispositivos digitales en el aula”, pero avisa su apuesta por “un enfoque basado en la escucha, el acompañamiento y la libertad de elección”.

Es por esta razón que expresa su preocupación por que este nuevo marco normativo “pueda limitar principios esenciales como la libertad y autonomía de los centros educativos”, principios que el Gobierno de la Comunidad de Madrid “ha defendido siempre”, recuerda.

En este contexto, subraya que la pluralidad de modelos educativos y la libertad de enseñanza “deben garantizarse siempre”, asegurando, por tanto, que “cada centro pueda desarrollar su proyecto educativo con coherencia y en beneficio del alumnado y sus familias”.

Para CECE-Madrid, el debate debe centrarse en cómo integrar la tecnología de manera adecuada en el aprendizaje, “sin restringir la autonomía de los centros ni la capacidad de las familias” para elegir el modelo educativo que mejor se adapte a sus valores y necesidades.

Así que, a la luz del borrador del proyecto, pide un “espacio de diálogo y participación” del sector educativo en el proceso de redacción del decreto, asegurando que todas las voces del sector educativo sean escuchadas. “Es fundamental seguir construyendo espacios de encuentro, reflexión y consenso para abordar juntos los desafíos educativos del presente y del futuro”, concluye.

Regulación y límites

La Comunidad de Madrid, ya en el año 2020, aprobó el Decreto 60/2020, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modificaba el Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Marco Regulador de la Convivencia en los Centros Docentes de la Comunidad de Madrid.

Así mismo, dispuso en los decretos que regulan la ordenación académica y el currículo de las diferentes enseñanzas, el desarrollo de la competencia digital a través del correcto uso de los medios digitales. Con la aprobación ahora de este decreto se pretende establecer un marco normativo que asegure los derechos y garantías de los alumnos, y la protección de su salud.

Para ello, los centros deberán incluir en sus proyectos educativos las medidas que favorezcan una adecuada utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, regulando y limitando el uso de los dispositivos digitales.

El presente decreto tiene como objeto regular y limitar el uso de dispositivos digitales (ordenadores, tabletas o similares y teléfonos móviles) de forma individual en los centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

El desarrollo de la competencia digital, argumenta la Consejería de Educación en su propuesta normativa, contribuirá a la adquisición de habilidades de interpretación, organización y análisis de la información, así como a la adquisición de estrategias que promuevan el uso seguro del entorno digital, la toma de conciencia de los riesgos y la gestión de los mismos aprendiendo a evitarlos o minimizarlos.

En este contexto, se velará por garantizar el desarrollo integral de los alumnos en el uso de los medios tecnológicos, protegiendo a la infancia y enseñando progresivamente a los jóvenes, evitando el uso individual de los dispositivos digitales en los centros educativos, salvo casos justificados y debidamente acreditados por los servicios de orientación o servicios médicos.

Con el fin de garantizar, fomentar y estimular el desarrollo personal, social y cognitivo de los alumnos, se limitará el tiempo de exposición a dispositivos digitales a lo largo de la jornada escolar, impulsando estrategias de aprendizaje basadas en la escritura, lectura, observación, experimentación y manipulación, asentando aquellos contenidos más memorísticos. En todo caso, los entornos digitales utilizados serán adecuados y seguros para la infancia y la adolescencia.

En todas las etapas educativas se podrán planificar propuestas formativas y de sensibilización dirigidas tanto a los alumnos como a sus familias y se evitará que los alumnos tengan que hacer sus tareas en casa utilizando dispositivos digitales.

En concreto, en las etapas de Educación Infantil y Primaria, no se permitirá trabajar de forma individual con dispositivos digitales. Asimismo, no se permitirá que los docentes programen la realización de tareas académicas fuera del horario escolar que exijan la ejecución de las mismas a través de dispositivos digitales.

En lo que concierne a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria los centros delimitarán el uso individual de dispositivos digitales según las características de las enseñanzas impartidas, la edad y el grado de madurez de los alumnos. Estará permitido el uso compartido de dispositivos digitales, entendido como el trabajo de dos o más alumnos con dichos dispositivos en la ejecución de una actividad, para el desarrollo de la competencia digital en todas las etapas, si bien siempre bajo supervisión de los maestros y profesores, y con finalidad pedagógica.

Con todo, se producirán determinadas limitaciones. Por ejemplo, en Educación Infantil en el primer ciclo de la etapa se evitará el uso de dispositivos digitales. En el segundo ciclo de la etapa se limitará el tiempo de uso compartido de dispositivos digitales a una hora por semana. En cuanto a Educación Primaria, en el primer ciclo de la etapa el tiempo de uso compartido de dispositivos digitales no será superior a una hora semanal. En el segundo ciclo, dicha limitación será de una hora y media, y en el tercer ciclo, podrá ampliarse a un máximo de dos horas a la semana.

Fuente: https://exitoeducativo.net/cece-madrid-advierte-que-la-norma-sobre-pantallas-podria-limitar-la-autonomia-de-los-centros-educativos/